Condiciones generales de contratación

de

DILO Armaturen und Anlagen GmbH

DILO Service GmbH

DILO Grid Solutions GmbH

DILO Hydrogen GmbH

Frundsbergstr. 36, 87727 Babenhausen

(a 05/2025)

1. Ámbito de aplicación, forma

  1. Estas Condiciones Generales de Contratación (CGC) se aplican a todas las relaciones comerciales entre DILO Armaturen und Anlagen GmbH, DILO Service GmbH, DILO Grid Solutions GmbH y DILO Hydrogen GmbH (en lo sucesivo, DILO) y sus respectivos clientes (socios contractuales). Las CGC sólo serán de aplicación si el socio contractual es un empresario (en el sentido del artículo 14 del Código Civil alemán (BGB)), una persona jurídica de derecho público o un patrimonio especial de derecho público.
     
  2. Las CGC se aplican en particular a los contratos de venta y/o entrega de bienes muebles ("bienes") y a la prestación de servicios por parte de DILO o de un tercero en nombre de DILO, independientemente de si DILO ha fabricado los bienes por sí misma o los ha comprado a proveedores (artículos 433, 650 del BGB). A continuación, la entrega de mercancías o la prestación de servicios se resume bajo el término productos de DILO.
     
  3. Salvo pacto en contrario, se aplican las CGC en la versión vigente en el momento del pedido del Comprador o, en cualquier caso, en la última versión que le haya sido comunicada en forma de texto, se aplicarán también como acuerdo marco para futuros contratos similares sin que tengamos que volver a referirnos a ellas en cada caso individual. La versión actual de las CGC puede consultarse en www.dilo.eu/es/cgc
     
  4. Las presentes CGC son de aplicación exclusiva. Las condiciones generales divergentes, contrarias o complementarias del socio contractual sólo formarán parte del contrato si y en la medida en que DILO haya aceptado expresamente su validez. Este requisito de consentimiento se aplica en cualquier caso, por ejemplo, incluso si DILO realiza o ha realizado la entrega al socio contractual sin reservas con conocimiento de las Condiciones Generales de Contratación del socio contractual.
     
  5. Los acuerdos individuales celebrados con el Comprador en casos concretos (incluidos los acuerdos colaterales, los suplementos y las modificaciones) prevalecerán en cualquier caso sobre estas CGC. Salvo prueba en contrario, un contrato escrito o nuestra confirmación por escrito serán determinantes para el contenido de dichos acuerdos.
     
  6. Las declaraciones y notificaciones de la parte contratante en relación con el contrato (por ejemplo, fijación de un plazo, notificación de defectos, cancelación o reducción) deben realizarse por escrito, es decir, en forma escrita o de texto (por ejemplo, carta, correo electrónico, fax).
     
  7. Las referencias a la validez de las disposiciones legales sólo tienen fines aclaratorios. Incluso sin dicha aclaración, se aplicarán las disposiciones legales a menos que se modifiquen directamente o se excluyan expresamente en estas CGC.
     

2. Celebración del contrato

  1. Las ofertas son sin compromiso y no vinculantes. Esto también se aplica si DILO ha proporcionado al socio contractual catálogos, documentación técnica (por ejemplo, dibujos, planos, cálculos, presupuestos, referencias a normas DIN), otras descripciones de productos o documentos -incluso en formato electrónico- sobre los que DILO se ha reservado los derechos de propiedad y los derechos de autor.
     
  2. El pedido de productos DILO por parte del socio contractual se considera una oferta contractual vinculante. Salvo que se indique lo contrario en el pedido, estamos autorizados a aceptar esta oferta contractual en un plazo de cuatro (4) semanas a partir de su recepción por nuestra parte.
     
  3. La aceptación puede declararse por escrito (por ejemplo, mediante la confirmación del pedido) o mediante la entrega de los productos DILO o la prestación del servicio al socio contractual.
     
  4. La aceptación del contrato está sujeta a la condición de que no existan obstáculos debidos a disposiciones legales nacionales y/o internacionales, en particular las leyes europeas y estadounidenses de control de las (re)exportaciones, así como reglamentos de embargo u otras restricciones a la exportación de carácter nacional o internacional.
     
  5. En la reventa y transmisión de productos de DILO (producto DILO) a terceros, el socio contractual deberá cumplir las disposiciones aplicables de la legislación nacional e internacional (en particular, de los EE.UU.) en materia de control de las exportaciones. En cualquier caso, el socio contractual debe observar y cumplir la normativa de control de (re)exportación de la República Federal de Alemania, la Unión Europea y los Estados Unidos de América al revender productos de DILO a terceros.
     
  6. El socio contractual se compromete frente a DILO, en caso de reventa y cesión de productos DILO a terceros, en particular, a comprobar y adoptar las medidas adecuadas para garantizar que

    a. se cumplan los términos y condiciones de todas las listas de sanciones pertinentes y actualmente aplicables de la Unión Europea y, en su caso, de los Estados Unidos de América en relación con las transacciones legales con empresas, personas u organizaciones que figuren en ellas;

    b. no viola un embargo de la Unión Europea, de los Estados Unidos de América, en su caso, y/o de las Naciones Unidas -teniendo también en cuenta cualquier restricción a los negocios nacionales y cualquier prohibición de elusión- al vender o transferir los productos DILO o prestar servicios relacionados con ellos a terceros; y

    c. los productos DILO no se suministran expresamente a terceros para usos militares, en particular prohibidos o sujetos a autorización, relacionados con armamento, nucleares o relacionados con armas, a menos que se hayan obtenido las autorizaciones necesarias y no infrinjan otras normativas sobre sanciones internacionales actualmente vigentes;
     
  7. En caso de que se efectúen controles de exportación en el seno de DILO o a petición de autoridades externas, el socio contractual deberá, a petición de DILO, facilitar inmediatamente a DILO toda la información y/o documentación de que disponga sobre

    a. el destinatario final, (nombre, dirección, datos de una persona de contacto)
    b. el destino final (empresa, dirección, datos de una persona de contacto)
    c. el uso previsto

    de los productos DILO suministrados por el socio contractual a terceros y de cualquier servicio prestado por el socio contractual en este contexto, así como de cualquier restricción de control a la exportación aplicable a este respecto.
     
  8. El socio contractual deberá indemnizar inmediata e íntegramente a DILO por todas las reclamaciones presentadas contra DILO por las autoridades u otros terceros debido al incumplimiento o la violación de las obligaciones de control de las exportaciones anteriormente mencionadas por parte del socio contractual, y se compromete a indemnizar a DILO por todos los daños y gastos (honorarios de abogados, etc.) en que incurra DILO a este respecto. En este contexto, DILO tiene derecho a exigir pagos por adelantado.
     
  9. En caso de que el socio contractual encargue a DILO la entrega directa a un tercero (cliente del socio contractual), estará obligado a facilitar a DILO los resultados de las pruebas descritos en los apartados 6 y 7 anteriores, así como información sobre el usuario final, el destino final y el uso previsto, antes de que DILO realice la entrega al tercero. Si resulta que la entrega infringe las disposiciones aplicables de la legislación nacional e internacional (en particular, de los EE. UU.) en materia de control de las exportaciones, DILO tendrá derecho a rescindir el contrato con el socio contractual y a exigirle una indemnización por incumplimiento de las obligaciones de control de las exportaciones, de conformidad con el apartado 8.

3. Plazo de entrega y retraso en la entrega

  1. El plazo de entrega será acordado individualmente o especificado por DILO en el momento de la aceptación del pedido (confirmación del pedido). Una transacción para la entrega en una fecha fija sólo se establece si así se acuerda expresamente.
     
  2. Si DILO no puede cumplir los plazos de entrega vinculantes por motivos no imputables a DILO (indisponibilidad del servicio), DILO informará de ello inmediatamente al socio contractual y, si es posible, le comunicará el nuevo plazo de entrega previsto. Si el servicio deja de estar disponible, DILO tendrá derecho a rescindir el contrato total o parcialmente; DILO reembolsará inmediatamente cualquier contraprestación ya abonada por el socio contractual. Un caso de indisponibilidad del servicio en este sentido es, en particular, la no entrega a tiempo de un proveedor de DILO a DILO si DILO ha concluido una operación de cobertura congruente, ni DILO ni el proveedor son culpables o DILO no está obligado al aprovisionamiento en el caso concreto.
     
  3. El retraso en la entrega se determinará de acuerdo con las disposiciones legales. No obstante, en cualquier caso, será necesario un recordatorio de la parte contratante.
     
  4. En caso de infracción de la legislación sobre control de exportaciones, ambas partes podrán rescindir/terminar el contrato o cancelar los servicios parciales restantes.
     
  5. Los retrasos debidos a controles de importación o exportación suspenden los plazos de entrega.
     
  6. Quedan intactos los derechos del comprador conforme al artículo 9 de estas CGC y nuestros derechos legales, en particular en caso de exclusión de la obligación de prestación (por ejemplo, por imposibilidad o irrazonabilidad de la prestación y/o cumplimiento posterior).

4. Entrega, transferencia del riesgo, aceptación, incumplimiento de la aceptación

  1. La entrega se realizará FCA Babenhausen (Incoterms 2020), que es también el lugar de cumplimiento para la entrega y cualquier cumplimiento posterior. A petición y por cuenta del socio contractual, los productos de DILO se enviarán a otro destino (venta a destino). Salvo pacto en contrario, DILO está autorizado a determinar por sí mismo el tipo de envío (en particular, empresa de transporte, ruta de envío, embalaje). No se devolverá el material de embalaje.
     
  2. En el caso de las entregas intracomunitarias a otro Estado miembro de la UE, el socio contractual está obligado a presentar los documentos justificativos pertinentes (en particular, la confirmación de llegada) a su debido tiempo (en un plazo de 3 meses) para mantener la exención del IVA. Si DILO no recibe estos documentos, deberá facturar el 19% de IVA, que deberá ser abonado por el socio contractual.
     
  3. El riesgo de pérdida accidental y deterioro accidental de los productos DILO se transfiere al socio contractual a más tardar en el momento de la entrega. Sin embargo, en el caso de venta por envío, el riesgo de pérdida accidental y deterioro accidental de los productos DILO, así como el riesgo de retraso, se transfiere en el momento de la entrega de los productos DILO al transportista, transitario u otra persona u organización designada para realizar el envío. Si se ha acordado la aceptación, ésta es decisiva para la transferencia del riesgo. En todos los demás aspectos, las disposiciones legales de la ley sobre contratos de obras y servicios también se aplicarán en consecuencia a una aceptación acordada. Si la parte contratante se demora en la aceptación del servicio, el riesgo pasará a la parte contratante.
     
  4. Los acontecimientos graves, como en particular los casos de fuerza mayor, los conflictos laborales, los disturbios, las guerras o los conflictos terroristas, que tengan consecuencias imprevisibles para la ejecución de los servicios, liberarán a las partes contratantes de sus obligaciones de ejecución durante la duración de la perturbación y en la medida de sus efectos, incluso en caso de incumplimiento. Esto no implica la rescisión automática del contrato. Las partes contratantes están obligadas a notificarse mutuamente dicho impedimento y a ajustar de buena fe sus obligaciones al cambio de circunstancias.
     
  5. Si la parte contratante se demora en la aceptación, no coopera o si nuestra entrega se retrasa por otros motivos de los que sea responsable la parte contratante, DILO tiene derecho a exigir una indemnización por los daños resultantes, incluidos los gastos adicionales (por ejemplo, costes de almacenamiento y, si procede, costes de aduana - véase en particular el apartado 5.3., etc.).
     

5. Autorización de importación, admisibilidad de las importaciones y costes de exportación

  1. El socio contractual deberá obtener la licencia de importación y todas las aprobaciones, permisos u otros documentos necesarios en relación con la importación al país de uso y cualquier transporte a través de terceros países, en particular que los procedimientos de importación se lleven a cabo de conformidad con la normativa aduanera y de control de las exportaciones. La parte contratante asume el riesgo de una prohibición de importación en el momento de la celebración del contrato de compra.
     
  2. La parte contratante sólo asumirá el riesgo de prohibiciones de importación posteriores si y en la medida en que dicha prohibición fuera reconocible en el momento de la celebración del contrato de compra tras una inspección minuciosa. En caso de litigio, la parte contratante deberá demostrar que ha realizado todas las comprobaciones adecuadas y necesarias.
     
  3. Todos los costes, derechos de aduana o gravámenes, etc., derivados de la exportación e importación de productos DILO correrán a cargo de la parte contratante. Esto incluye también los costes en los que se incurra si se determina una prohibición de importación posterior.
     

6. Precios y condiciones de pago

  1. Salvo que se acuerde lo contrario en casos concretos, nuestros precios vigentes en el momento de la celebración del contrato se aplicarán exclusivamente en EUR, es decir, FCA Babenhausen (Incoterms 2020), más el impuesto sobre el valor añadido legal aplicable en la cuantía válida respectiva.
     
  2. En caso de venta por envío (§ 4 párrafo 1), la parte contratante correrá con los gastos de transporte desde la fábrica de Babenhausen (FCA Babenhausen, Incoterms 2020) y los gastos de cualquier seguro de transporte solicitado por la parte contratante. Los derechos de aduana, tasas, impuestos y otros gravámenes públicos correrán a cargo de la parte contratante.
     
  3. DILO se reserva el derecho a cobrar un recargo por cantidad mínima correspondiente para pedidos con un valor de producto DILO inferior a 50 EUR netos.
     
  4. El pago es debido y exigible según las condiciones de pago acordadas en la confirmación de pedido enviada por DILO. DILO está autorizada en todo momento, incluso en el marco de una relación comercial en curso, a realizar una entrega total o parcial sólo contra pago anticipado. DILO declarará la reserva correspondiente a más tardar con la confirmación del pedido.
     
  5. La parte contratante incurrirá en mora al expirar el plazo de pago mencionado. Durante el periodo de mora, se cobrarán intereses sobre el precio de compra al tipo de interés de demora legal aplicable. DILO se reserva el derecho de hacer valer otras reclamaciones por daños y perjuicios causados por la mora.
     
  6. La parte contratante sólo tendrá derecho a compensación o retención en la medida en que su reclamación haya sido legalmente establecida o sea indiscutible. En caso de defectos en la entrega, los derechos del comprador no se verán afectados, en particular de conformidad con la Sección 8 (6) frase 2 de estas CGC.
     
  7. Si tras la celebración del contrato se pone de manifiesto (por ejemplo, mediante una solicitud de apertura de un procedimiento de insolvencia) que el derecho de DILO al precio de compra se ve o se verá comprometido por la incapacidad de pago de la parte contratante, DILO tendrá derecho a denegar el cumplimiento de conformidad con las disposiciones legales y -en caso necesario, tras la fijación de un plazo- a rescindir el contrato (art. 321 del BGB). En el caso de contratos para la fabricación de bienes no fungibles (productos a medida), DILO podrá declarar su desistimiento total o parcial de forma inmediata.

7. Reserva de dominio

  1. DILO conserva la propiedad de los productos DILO vendidos (reserva de propiedad) hasta el pago completo de todas las reclamaciones actuales y futuras de DILO contra el socio contractual derivadas del contrato de compra y/o de una relación comercial en curso (reclamaciones garantizadas).
     
  2. Los productos de DILO sujetos a reserva de dominio no podrán pignorarse a terceros ni cederse como garantía hasta que se hayan pagado íntegramente los créditos garantizados. El socio contractual deberá informar inmediatamente por escrito a DILO en caso de que se solicite la apertura de un procedimiento de insolvencia o de que terceros se incauten de productos DILO pertenecientes a DILO (por ejemplo, embargos).
     
  3. Si la parte contratante actúa de forma contraria al contrato, especialmente en caso de impago del precio de compra adeudado, DILO tiene derecho a rescindir el contrato de acuerdo con las disposiciones legales y/o a exigir la devolución de los productos DILO sobre la base de la reserva de propiedad. La exigencia de devolución de los productos DILO no incluye una declaración de rescisión, sino que DILO sólo tiene derecho a exigir la devolución de los productos DILO y a reservarse el derecho a rescindir el contrato. Si la parte contratante no paga el precio de compra adeudado, DILO sólo podrá hacer valer este derecho si previamente se le ha fijado un plazo razonable para el pago sin éxito o si la fijación de dicho plazo es dispensable en virtud de las disposiciones legales.

8. Reclamaciones por defectos de la parte contratante

  1. Las disposiciones legales se aplicarán a los derechos de la parte contratante en caso de defectos materiales y defectos de titularidad (incluida la entrega incorrecta y corta, así como el montaje incorrecto o instrucciones de montaje defectuosas), a menos que se especifique lo contrario a continuación.
     
  2. El periodo de garantía será de 12 meses a partir de la fecha de envío (fecha EXW) de la entrega y no se verá interrumpido por ninguna mejora o cumplimiento posterior.
     
  3. La base de la responsabilidad de DILO por defectos es principalmente el acuerdo alcanzado sobre la característica/calidad de los productos de DILO. Todas las descripciones de productos y servicios que son objeto del contrato individual o que han sido hechas públicas por DILO (en particular en catálogos o en la página web de DILO "www.dilo.eu") se consideran un acuerdo sobre la calidad de los productos de DILO.
     
  4. En la medida en que no se haya acordado la calidad, se valorará conforme a las disposiciones legales si existe o no un defecto. DILO no se hace responsable de las declaraciones públicas del fabricante o de terceros (por ejemplo, declaraciones publicitarias).
     
  5. En principio, no somos responsables de los defectos que el comprador conozca o desconozca por negligencia grave en el momento de la celebración del contrato (art. 442 BGB). Las reclamaciones por defectos de la parte contratante presuponen que ésta ha cumplido sus obligaciones legales de inspección y notificación de defectos. En el caso de materiales de construcción y otros bienes destinados a la instalación o a otro procesamiento posterior, siempre debe realizarse una inspección inmediatamente antes del procesamiento. Si se descubre un defecto durante la entrega, la inspección o en cualquier momento posterior, deberá notificarse inmediatamente por escrito a DILO. En cualquier caso, los defectos evidentes deben comunicarse por escrito en un plazo de 5 días laborables a partir de la entrega y los defectos no reconocibles durante la inspección en el mismo plazo a partir de su descubrimiento. Si el socio contractual no inspecciona correctamente la mercancía y/o no informa de los defectos, DILO no será responsable del defecto no informado o no informado a tiempo o no informado correctamente de acuerdo con las disposiciones legales. En el caso de bienes destinados al montaje, ensamblaje o instalación, esto también será de aplicación si el defecto no se ha puesto de manifiesto hasta después del correspondiente procesamiento como consecuencia del incumplimiento de una de estas obligaciones; en este caso, el comprador no tendrá derecho en particular a reclamar una indemnización por los costes correspondientes ("costes de retirada e instalación").
     
  6. Si el objeto de suministro es defectuoso, DILO podrá optar en primer lugar por el cumplimiento posterior mediante la subsanación del defecto (rectificación) o la entrega de un objeto libre de defectos (entrega de sustitución). El derecho de DILO a rechazar el cumplimiento posterior en virtud de las condiciones legales no se verá afectado.
     
  7. DILO tiene derecho a condicionar el cumplimiento posterior adeudado al hecho de que el socio contractual abone el precio de compra adeudado. No obstante, el socio contractual tiene derecho a retener una parte razonable del precio de compra en proporción al defecto, siempre que éste haya sido reconocido por DILO.
     
  8. El socio contractual debe conceder a DILO el tiempo y la oportunidad necesarios para el cumplimiento posterior debido, en particular para entregar los productos de DILO reclamados a efectos de inspección; sin embargo, el comprador no tiene derecho de devolución. En caso de una entrega de sustitución, el socio contractual deberá devolver el artículo defectuoso a DILO de conformidad con las disposiciones legales. El cumplimiento posterior no incluye la retirada del objeto defectuoso ni su reinstalación si DILO no estaba obligada inicialmente a instalarlo. Las reclamaciones del socio contractual para el reembolso de los costes correspondientes ("costes de retirada e instalación") no se verán afectadas.
     
  9. Los gastos necesarios a efectos de la inspección y posterior ejecución, en particular los costes de transporte, aduanas, viajes, mano de obra y material y, en su caso, los costes de desmontaje e instalación, serán sufragados o reembolsados por DILO de conformidad con las disposiciones legales si efectivamente existe un defecto. En caso contrario, DILO podrá exigir al socio contractual una indemnización por los gastos en que haya incurrido como consecuencia de la solicitud injustificada de subsanación del defecto (en particular, los gastos de inspección y transporte) si el socio contractual sabía o podía haber reconocido que, de hecho, no existía ningún defecto.
     
  10. Las reclamaciones de la parte contratante por daños y perjuicios o reembolso de gastos inútiles sólo existirán de conformidad con la Sección 9, incluso en caso de defectos, y quedan excluidas por lo demás.
     

9. Otras responsibilidades

  1. Salvo que se indique lo contrario en las presentes CGC, incluidas las siguientes disposiciones, DILO será responsable en caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales y extracontractuales de conformidad con las disposiciones legales.
     
  2. En caso de dolo y negligencia grave, DILO responderá de los daños y perjuicios, independientemente del fundamento jurídico, en el marco de la responsabilidad por culpa. En caso de negligencia leve, DILO sólo será responsable, con sujeción a una norma de responsabilidad más leve de conformidad con las disposiciones legales (por ejemplo, por cuidado en sus propios asuntos).

    a. por daños resultantes de lesiones a la vida, la integridad física o la salud,
    b. por daños y perjuicios derivados del incumplimiento no insignificante de una obligación contractual esencial (obligación cuyo cumplimiento es esencial para la correcta ejecución del contrato y en cuyo cumplimiento el socio contractual confía y puede confiar regularmente); en este caso, la responsabilidad de DILO se limita a la indemnización de los daños previsibles y que se produzcan habitualmente.
     
  3. Las limitaciones de responsabilidad resultantes del párrafo 2 también son válidas para incumplimientos de deberes por o a favor de personas de cuya culpa es responsable DILO conforme a las disposiciones legales. No se aplicarán si DILO ha ocultado fraudulentamente un defecto o ha asumido una garantía por la calidad de los productos DILO y por las reclamaciones del socio contractual en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos.
     
  4. El socio contractual sólo podrá desistir del contrato o rescindirlo debido a un incumplimiento de las obligaciones que no consista en un defecto si DILO es responsable del incumplimiento de las obligaciones. Queda excluido un derecho de rescisión libre por parte del socio contractual. En todos los demás aspectos, se aplicarán los requisitos legales y las consecuencias jurídicas.
     
  5. Si el socio contractual o un tercero realiza de forma independiente modificaciones, reparaciones o ajustes en la mercancía suministrada por DILO sin el consentimiento previo de DILO, la garantía se extinguirá con efecto inmediato. Esto también se aplica a los bienes que hayan sido dañados debido a un manejo, funcionamiento o instalación inadecuados.
     

10. Plazo de prescripción

  1. El plazo de prescripción general para reclamaciones derivadas de defectos materiales y defectos de titularidad es de un año a partir de la entrega. Si se ha acordado la aceptación, el plazo de prescripción comenzará en el momento de la aceptación.
     
  2. Si los productos DILO son un edificio o un objeto que se ha utilizado para un edificio de acuerdo con su uso normal y ha causado su defectuosidad (material de construcción), el plazo de prescripción es de 5 años a partir de la entrega de acuerdo con la regulación legal (§ 438 Párr. 1 Nº 2 BGB). Otras disposiciones legales especiales sobre el plazo de prescripción no se verán afectadas (en particular, § 438 Párr. 1 Nº 1, Párr. 3, §§ 444, 445b BGB).
     
  3. Los anteriores plazos de prescripción de la ley de compraventa también se aplicarán a las reclamaciones contractuales y extracontractuales por daños y perjuicios del Comprador que se basen en un defecto de la mercancía, a menos que la aplicación del plazo de prescripción legal ordinario (§§ 195, 199 BGB) condujera a un plazo de prescripción más corto en casos concretos. Las reclamaciones del Comprador por daños y perjuicios en virtud del artículo 9 (2) frase 1 y frase 2(a) y en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos defectuosos prescribirán exclusivamente de acuerdo con los plazos de prescripción legales.
     

11. Elección de la ley aplicable y del fuero competente

  1. Estas CGC y la relación contractual entre DILO y el socio contractual se regirán por el derecho de la República Federal de Alemania, con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.
     
  2. La jurisdicción exclusiva -también internacional- para todos los litigios derivados directa o indirectamente de la relación contractual es el tribunal competente del domicilio social en Babenhausen. Sin embargo, DILO también tiene derecho en todos los casos a presentar una demanda en el lugar de cumplimiento de la obligación de entrega de conformidad con estas CGC o un acuerdo individual predominante o en el lugar de jurisdicción general de la parte contratante. Las disposiciones legales imperativas, en particular las relativas a la jurisdicción exclusiva, no se verán afectadas.